El poder transformador del autoconsumo

Si algo está quedando demostrado en el tiempo transcurrido desde que el Ministerio de Industria inició la tramitación de los decretos sobre autoconsumo y renovables es la soledad de sus responsables en la defensa de las barreras que quieren imponer a la generación distribuida frente al consenso unánime de todos los informes de la Comisión Nacional de la Energía, Comisión Nacional de la Competencia, Consejo de Estado, Comisión Europea y hasta el propio Ministerio de Fomento, que coinciden en defender los grandes beneficios del autoconsumo para el sistema eléctrico y para la economía del país.

Todos los informes han coincidido en señalar el gran poder transformador del autoconsumo y sus ventajas:

  • Ahorra pérdidas en la red.
  • Ahorra inversiones en el sistema eléctrico.
  • Reduce las importaciones energéticas.
  • Reduce las emisiones de CO2.
  • Es necesario para cumplir los objetivos de las directivas europeas de renovables y eficiencia energética para 2020.
  • Reduce el precio mayorista de la electricidad no solo en las islas sino en toda la península.
  • Es un instrumento imprescindible para la reactivación del sector de la construcción y la creación de empleo a través de la rehabilitación energética de edificios y la aplicación del Código Técnico de la Edificación.
  • Incrementa la competencia en los precios e incentiva la bajada del coste de la electricidad.
  • Incrementa la producción descentralizada, mejorando así la competencia.
  • Reduce los costes energéticos de los consumidores.

Todos estos beneficios tienen un valor económico para el sistema eléctrico que debe ser tenido en cuenta y ser compensado a la hora de determinar la retribución al autoconsumo y las instalaciones renovables. Pero estas consideraciones no se las han inventado los organismos que han emitido los informes sino que están establecidas en la Directiva 2009/28/CE de renovables que en sus artículos 13 y 16 determina que la retribución que se aplique a las renovables deberá ser proporcional, transparente y no discriminatoria y que se alentará su desarrollo en la edificación; que se deberá garantizar su acceso prioritario en la red y que las tarifas que se apliquen a las renovables no podrán ser discriminatorias y habrán de reflejar los beneficios que suponen para el sistema.

La Comisión Europea comunicó el pasado 26 de septiembre la apertura de expediente a España por no haber hecho todavía la transposición de la Directiva de renovables al ordenamiento jurídico nacional y en dos meses llevará el caso al Tribunal de Justicia europeo. El plazo de transposición de la Directiva 2009/28/CE terminó el 5 de diciembre de 2010 y el largo tiempo transcurrido pone en evidencia la falta de voluntad política para eliminar las barreras que impiden el desarrollo de la generación distribuida y el autoconsumo.

El Consejo de Estado ha advertido del riesgo regulatorio que implica levantar más barreras al autoconsumo y el incremento de los litigios contra el Estado que va a provocar. Despreciar lo que puede representar el autoconsumo como instrumento de reactivación económica y de nuevos empleos, así como no tener en cuenta ninguno de los informes que han criticado la reforma eléctrica, es olvidar que la energía está en el origen de la crisis económica y que superarla exige cambiar el sistema eléctrico de arriba abajo.