El último Informe IPM “Lo peor y lo mejor de la nueva directiva de eficiencia energética”, elaborado por Javier García Breva, ofrece un análisis sobre los defectos y las virtudes de la nueva Directiva (UE) 2023/1791, de eficiencia energética, publicada el pasado 20 de septiembre en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Descárgate el Informe IPM “Lo peor y lo mejor de la Directiva de Eficiencia Energética” para conocer sus defectos y virtudes. Descargar aquí
El hecho de que la eficiencia energética sea un objetivo indicativo y no vinculante para las administraciones públicas explica que la nueva directiva repita temas de la directiva de 2012. El sistema de obligaciones de eficiencia energética, el sector público como motor del ahorro energético, la relevancia de los sistemas de calefacción y refrigeración o el protagonismo de las autoridades regionales y locales en la eficiencia energética son temas que se refuerzan en la nueva directiva, pero con el mismo carácter orientativo.
Para Javier García Breva, el avance más importante es considerar el valor económico de la eficiencia energética al incorporar de forma sistemática el análisis de costes y beneficios en el ciclo de vida de las alternativas más eficientes antes de tomar una decisión sobre cada nueva inversión energética. El sistema de obligaciones de eficiencia energética permite que los consumidores finales, directamente o mediante agregadores, se beneficien de los certificados de ahorro energético. Es la metodología que deberán aplicar empresas y administraciones públicas para dejar de considerar el ahorro de energía como coste y valorarlo como una inversión rentable.
El objetivo de la directiva es alcanzar la neutralidad climática, pero lo que aplica es la neutralidad tecnológica.
“Se establece la reducción del uso de combustibles fósiles en los sistemas de calefacción y refrigeración eficientes, a excepción del gas natural, cuando sean nuevos o se renueven hasta 2030. El ahorro de energía con combustibles fósiles en edificios y transporte no se contabilizará a efectos de la obligación de ahorro excepto para empresas de gran consumo que lo podrán contabilizar hasta 2030 si garantizan la compatibilidad con tecnologías y combustibles alternativos climáticamente neutros”
Considerar el gas al mismo nivel que las energías renovables a efectos de la eficiencia energética es para Javier García Breva lo más negativo de la nueva directiva, pues impedirá los objetivos de descarbonización.
“Supone la aplicación en la práctica de la nueva taxonomía europea que ha convertido al gas y la nuclear en energías sostenibles. Aunque a partir de 2026 no se subvencionarán las calderas de gas, lo cierto es que se impulsa la demanda de gas durante la próxima década”
La directiva no aborda la gestión de la demanda ni la figura del cliente activo; sin embargo, se basa en el principio de “primero, la eficiencia energética”. El Informe IPM que ha elaborado Javier García Breva, resalta la Recomendación (UE) 2021/1749, sobre la aplicación de dicho principio que, según el texto de la misma:
“Implica un cambio del modelo tradicional de producción y consumo de energía basado en grandes proveedores dominados por los combustibles fósiles y consumidores pasivos que asumen precios, hacia un sistema más flexible, que incorpore tecnologías renovables, se centre en los consumidores activamente comprometidos y promueva las soluciones más eficientes para la neutralidad climática”
La nueva directiva de eficiencia energética queda lejos del principio de “primero, la eficiencia energética”, a pesar de que el ahorro de energía beneficia a la sociedad y al medio ambiente porque es el instrumento más eficaz para acelerar la reducción de emisiones.