Al ahorro de energía por el almacenamiento

En la estrategia 2020 de la Unión Europea para una energía segura, sostenible y competitiva, aprobada en marzo de 2010, se apostó por un nuevo modelo energético para desacoplar el crecimiento económico del uso de los recursos, es decir, por priorizar el ahorro y la eficiencia energética. El liderazgo tecnológico de Europa frente a EEUU y Japón debería centrarse, entre otros, en dos proyectos:

  • El Almacenamiento Eléctrico a gran escala, en los vehículos y en todos los niveles de tensión, para una mayor integración de energías renovables de manera descentralizada.
  • Proveer a las ciudades de soluciones para ahorrar energía masivamente aprovechando lo mejor de las renovables, la eficiencia energética, las redes inteligentes, las TIC y nuevos modelos de negocio energético.

En el artículo 15 y Anexo XI de la Directiva 2012/27/UE de eficiencia energética se establece que los gestores de redes y proveedores minoristas ofrecerán servicios, como el almacenamiento de energía, que permitan la gestión de la demanda y la generación distribuida. A pesar de ello, al día de hoy los sistemas de almacenamiento no están integrados en la regulación.

Desarrollar el almacenamiento de energía tiene dos funciones: que los sistemas de generación sigan a la demanda sin incrementar los costes de la red y apoyar el mayor desarrollo de la generación renovable no gestionable. Que la oferta siga a la demanda es modificar por completo el modelo de negocio tradicional que hasta ahora se ha caracterizado por lo contrario. Ahora, la decisión racional es pasar la energía de un momento en el que su precio es bajo y la demanda menor, a otro momento en el que el precio es mayor porque la demanda también es mayor.

Hay tecnologías de almacenamiento centralizado como reserva para aplanamiento de las horas pico y valle. Pero las tecnologías de más potencial son las de almacenamiento descentralizado a nivel de producción y consumo local en edificios, fotovoltaica y eólica para autoconsumo, redes de distrito de calor y frio con impacto en el almacenamiento del usuario final y con impacto directo en la reducción de los costes de la energía al consumidor.

Este nivel local de almacenamiento no existe en la regulación española, incluso está prohibido expresamente en el autoconsumo. Sin embargo, el almacenamiento de energía es el futuro de un modelo energético que defienda la autonomía del consumidor en un mercado con mucha más competencia y precios variables de la energía a cada instante.

Las claves para una futura regulación del almacenamiento son:

  1. Priorizar la apuesta por el ahorro y la eficiencia energética aprovechando las diferencias entre horas valle y punta.
  2. Un incentivo o diferencial entre la energía excedentaria y la que se entrega al sistema cuando no dispone de energía barata.
  3. El vehículo eléctrico es la solución al transporte como la fotovoltaica lo es a la edificación.
  4. La regulación ha de seguir la lógica racional de la eficiencia energética para adaptarse al ritmo de la demanda y no al de la oferta del sistema.

Al nivel de los consumidores locales, la Unión Europea ya está detrás de EEUU y Japón y el almacenamiento de energía va a ser decisivo en el liderazgo industrial, razón por la que es necesaria una regulación europea y nacional que se vincule a los objetivos de reducción de las importaciones energéticas y de los precios de la electricidad a los consumidores.