El futuro de la gestión energética

El objetivo de la Directiva 2012/27/UE es alcanzar el 20% de ahorro de energía en 2020; para conseguirlo establece como prioridad el impulso al mercado de los servicios energéticos, eliminando todas las barreras que lo obstaculizan. Los instrumentos que se describen en su articulado establecen unos criterios que para el sector de las empresas de servicios energéticos (ESE,s) constituyen una guía de actuación que convierte la gestión energética en parte de la actividad económica.

Desde el articulado de la directiva se establece el marco de desarrollo de los servicios energéticos. Las auditorías energéticas de calidad se deberán facilitar a los clientes finales, realizadas y supervisadas de manera independiente, es decir, que nadie se podrá auditar a sí mismo ni las distribuidoras podrán actuar como juez y parte. Se fomentarán las auditorias en pymes y hogares principalmente y habrán de evaluar los sistemas urbanos de calefacción y refrigeración así como los regímenes de incentivos para aplicar sus recomendaciones.

Se hace especial énfasis en facilitar la eficiencia energética a los pequeños clientes y propone a los gobiernos la aprobación de una estrategia nacional de ahorro para pequeños consumidores que incluya, incentivos, financiación, proyectos ejemplares y contadores inteligentes.

El fomento del mercado de los servicios energéticos y, aunque no se citen expresamente, de las ESE,s, se concreta en la difusión de los contratos de servicios energéticos, instrumentos financieros, el etiquetado energético de calidad y listado de proveedores de servicios energéticos acreditados, adoptando medidas para eliminar las barreras reglamentarias y de todo tipo que impidan los contratos de servicios energéticos y la creación de un mecanismo independiente que funcione como un defensor del pueblo, pero en este caso de la eficiencia energética.

Los gobiernos se asegurarán que las distribuidoras de energía se abstienen de toda actividad que obstaculice la demanda y prestación de los servicios energéticos. Cómo se desarrolle este artículo en su transposición a nuestro ordenamiento jurídico será clave para dejar clara la separación de funciones entre las distribuidoras y la prestación de los servicios energéticos.

Finalmente, los gobiernos deberán hacer una evaluación de las barreras que se opongan a la eficiencia energética y proponer medidas para eliminarlas, presentando esa evaluación a la Comisión Europea en el Plan Nacional de Acción para la Eficiencia Energética en un primer informe en abril de 2013 y la presentación del plan en abril de 2014.

Las claves del desarrollo del mercado de servicios energéticos y de las ESE,s va a depender de que la transposición de esta directiva se haga lo antes posible y con el alcance más completo que señala su propio texto. El primer paso debería ser la publicación inmediata de los decretos pendientes de certificación energética de edificios y de autoconsumo.

Impulsar el mercado de servicios energéticos solo tiene externalidades positivas en mejora de competitividad al reducir las importaciones energéticas y la intensidad energética. Pero su impacto en el empleo y en el crecimiento económico es más positivo aún dado el amplio potencial de ahorro energético de nuestro país, cercano al 50%. La aprobación de la Directiva de Eficiencia Energética se vinculó desde la Comisión Europea a la reactivación económica. España, por el contrario, votó en contra del texto porque, según el Gobierno, el ahorro de energía penaliza a la economía española; pero si lo que necesitamos son políticas de estímulo al crecimiento solo cabe preguntarse ¿por qué?